CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1. Acusaron que el documento privado con reconocimiento de firmas de 15 de junio de 2009 sin registro en Derechos Reales (fs. 181), en su concepción no es un anexo, mucho menos adenda, no contiene una cláusula que deje sin efecto el documento que es el que se intenta resolver en este proceso, el Juez hace un análisis circunstanciado de ese documento de fs. 181 de compromisos ajenos y extraños a la minuta de transferencia del lote de terreno.
2. Alegaron que en el Auto de Vista no analizó correctamente los medios probatorios, no aplicó el derecho a los hechos demandados, no está motivado ni fundamentado y concede más de lo pedido, en perjuicio del debido proceso
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1. Acusaron que el documento privado con reconocimiento de firmas de 15 de junio de 2009 sin registro en Derechos Reales (fs. 181), en su concepción no es un anexo, mucho menos adenda, no contiene una cláusula que deje sin efecto el documento que es el que se intenta resolver en este proceso, el Juez hace un análisis circunstanciado de ese documento de fs. 181 de compromisos ajenos y extraños a la minuta de transferencia del lote de terreno.
2. Alegaron que en el Auto de Vista no analizó correctamente los medios probatorios, no aplicó el derecho a los hechos demandados, no está motivado ni fundamentado y concede más de lo pedido, en perjuicio del debido proceso
- Proceso: Resolución de contrato
- Distrito: Potosí
- CONSIDERANDO I
- 2
- En cuanto a la parcialización de construcción que alegó el demandado, en el caso presente
- Con referencia al agravio por incumplimiento, está acreditado dicho extremo el mismo que fue inscrito
- En cuanto a que la superficie que debió construirse fue otorgada en garantía de contracautela,
- En relación al agravio con el que solo se pretende introducir al proceso exigencias para
- En relación a la prescripción del 50 % ganancial de la codemandada Lughyna Patricia Montellano
- CONSIDERANDO II
- 3
- Por lo expuesto solicitan la nulidad del Auto de Vista
- 1
- Solicita se declare infundado el recurso de casación planteado
- CONSIDERANDO III
- Sobre la resolución judicial motivada corresponde citar el Auto Supremo 446/2015 de 18 de junio
- Partiremos señalando que convalidar significa confirmar, revalidar; en esa lógica, cuando se corrobora la verdad,
- Concordante con el principio de convalidación tenemos al principio de preclusión también denominado principio de
- CONSIDERANDO IV
- Al respecto el recurrente no mencionó cual fuera el agravio generado pues si se trata
- En cuanto a la observación de valoración de las pruebas la Sentencia emitida en el
- 5
- Sobre este punto corresponde señalar que la otorgación de pretensiones en exceso en la praxis
- Corresponde señalar que el recurso fue admitido, asumiendo un criterio de flexibilidad en cuanto a
- Por los razonamientos expuestos, corresponde fallar en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
