Auto Supremo AS/1018/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1018/2018

Fecha: 05-Oct-2018

El Tribunal de segunda instancia refirió que si bien la entrega de la cosa vendida

2. Resolución de primera instancia que al ser apelada por Juan Carlos Vásquez Faria por memorial de fs. 609 a 618, fue resuelta por Auto de Vista Nº 21/2017 de 6 de septiembre de fs. 666 a 670, que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 60/2016 de 21 de diciembre, bajo los siguientes argumentos:
El Tribunal de segunda instancia refirió que si bien la entrega de la cosa vendida y el pago del precio, constituyen las principales obligaciones del vendedor y del comprador, respectivamente, así como el precio real de la cosa, todas estas circunstancias tendrían que establecer una real operación contractual, la inconcurrencia de dichas circunstancias denotan que la finalidad y el motivo de las partes al celebrar el contrato, eran ilícitos, porque los contratos fueron un medio para eludir la aplicación de las normas imperativas que rigen las sociedades comerciales; el motivo que determinó la voluntad de ambos contratantes fue contrario al orden público, eludiendo las capacidades y limitaciones del representante legal