Auto Supremo AS/1042/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1042/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Sobre lo impreso, existe la posición de no refrendar una usucapión entre comuneros –adquirientes por

Sobre lo impreso, existe la posición de no refrendar una usucapión entre comuneros –adquirientes por sucesión de un bien inmueble- porque se requiere de una posesión exclusiva, y esta clase de copropiedad no lo es, ya que cada uno no solo posee a nombre propio sino también de los otros, por lo que aún transcurra el tiempo bajo la posesión de uno se entenderá que también la posee por los otros, por lo que prescripción no surtiría efecto, razonamiento que nace del art. 1233 del Código Civil, que señala “Todo coheredero puede pedir siempre la división de la herencia”, misma talla tiene el art. 167-I del mismo Código que prevé que “Nadie está obligado a permanecer en la comunidad y cada copropietario puede pedir en cualquier tiempo la división dela cosa”, referencias normativas que parecería descartar la prescripción adquisitiva entre coherederos de un bien o copropietarios, por remitirnos a la indeterminación temporal de la división por tanto a la inefectividad del tiempo para la prescripción