Auto Supremo AS/1042/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1042/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Solicita se dicte Auto Supremo Casando la resolución del Tribunal de apelación y se declare

4.Fundamentando en el fondo, señala que el Juez de instancia, omitió considerar la confesión de Eugenio Aguanta Martínez respecto a que su esposo, vivía con su concubina desde el ingreso al inmueble, llegando a romperse todo vínculo conyugal, argumento que habría sido aceptado por el Tribunal de apelación; empero, ambas autoridades desconocen y violan el art. 1234 del CC y el Auto Supremo Nº 567/2014 de 9 de octubre. Añade que por la abundante prueba aportada, se encuentra en posesión exclusiva de los ambientes que el Juez de primera instancia verifico en audiencia de inspección de visu, empero tanto al Juez de instancia como al Tribunal de apelación, les parecería imposible la usucapión por haber ingresado al inmueble como nuera y poseído junto a sus hijos en calidad de coherederos, por lo que debió aplicarse el aforismo jurídico: da mihi factum, dabo tibi íus.
5.Añade que además de apartarse inequívocamente de la solución normativa, la resolución de alzada adolece de errores, omisiones y desaciertos que tornan inhábil al acto judicial al confirmar la Sentencia.
6.Concluye señalando que la decisión asumida por las autoridades de instancia, no consideraron la prueba de cargo aportada y con desconocimiento del derecho se le niega el derecho a usucapir.
PETITORIO.
Solicita se dicte Auto Supremo Casando la resolución del Tribunal de apelación y se declare probada la demanda principal otorgando el derecho propietario por usucapión extraordinaria