Auto Supremo AS/1063/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1063/2018

Fecha: 30-Oct-2018

En las alegaciones recursivas expuestas en los puntos 1), 2), 3), 4), 5), 6), 7)

En las alegaciones recursivas expuestas en los puntos 1), 2), 3), 4), 5), 6), 7) y 8) del recurso de casación, de manera sucinta se puede apreciar que la recurrente acusa la incongruencia omisiva en la cual habría incurrido el Tribunal de Alzada, al no haber emitido pronunciamiento expreso respecto a varios puntos del recurso de apelación, en particular aquellos reclamos concernientes a la apelación en el efecto diferido, ahora bien, tomando en cuenta que ese es el eje de esta impugnación, corresponde que estas alegaciones sean analizadas en el marco de lo desarrollado en el punto III.1 de la doctrina aplicable, acápite en el cual se ha establecido que en los casos en que se acusa incongruencia omisiva respecto al recurso de apelación, este Tribunal de casación debe limitar su análisis únicamente para establecer si hubo o no respuesta a los reclamos del recurrente, pues lo contrario implicaría ingresar a cuestiones que atingen a la impugnación en el fondo, por lo que el hecho de identificar las respuestas consideradas de omitidas en la resolución impugnada no implica que se dé una respuesta positiva o negativa a lo razonado en el fondo o que se esté de acuerdo con las mismas; razonamiento que también se aplica al análisis para identificar la existencia o no de fundamentación y motivación en la resolución recurrida