Con relación al segundo agravio denunciado en apelación restringida, corresponde verificar si existe contradicción entre
Con relación al segundo agravio denunciado en apelación restringida, corresponde verificar si existe contradicción entre los precedentes citados con lo resuelto por el Tribunal de alzada, por lo que a efectos de contrastar los fundamentos contenidos en el Auto de Vista impugnado, corresponde analizar lo siguiente:
Como agravio la apelante denunció en el apartado II.2 del Auto de Vista impugnado, la vulneración del debido proceso por inexistente fundamentación de la Sentencia, en inobservancia del art. 124 del CPP, constituyendo en defecto absoluto conforme el inc. 3) del art. 169 del mismo cuerpo legal y un defecto de Sentencia previsto en los incs. 3) y 5) del art. 370 del CPP, argumentando la carencia de motivación en la subsunción del hecho al tipo penal, careciendo de la lógica, coherencia, y no contradicción. Al respecto, los Vocales señalaron que la fundamentación es una garantía del debido proceso conforme la Sentencia Constitucional 1023/2013 de 27 de junio. Asimismo, la Sentencia da cuenta que la imputada fue encontrada en posesión dolosa de 1.440 gramos de Marihuana, corroborado con los elementos probatorios incorporados a juicio oral, aspecto sobre la que se realizó la tarea de subsunción de la conducta de la imputada al delito condenado, ajustándose a las exigencias del art. 124 del CPP, por haberse realizado una valoración lógico jurídico de todos los elementos probatorios en base a una apreciación conjunta y armónica conforme al art. 173 del CPP.
Al respecto, del análisis a los argumentos esgrimidos en el Auto de Vista impugnado, dan cuenta que el agravio sobre falta de fundamentación de la Sentencia con relación a la subsunción del hecho al tipo penal, ha sido debidamente desarrollada por el Tribunal de alzada, al analizar los parámetros de la correcta fundamentación conforme la línea jurisprudencial sentada por la Sentencia Constitucional 1023/2013 de 27 de junio; y por otro lado, al realizar también el control de la Sentencia, verificando que la imputada fue encontrada en forma flagrante en posesión dolosa de 1.440 gramos de Marihuana en su domicilio y concluir que sobre dicho soporte estructural se realizó la adecuada subsunción conforme los elementos probatorios incorporados en juicio oral, determinando que sí se realizó en base a una apreciación conjunta y armónica conforme las reglas de la sana crítica previstos en el art. 173 del CPP
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 17/2017 de 2 de mayo (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- I.1.2. Petitorio
- I.3. Admisión del recurso
- II.1. De la Sentencia
- Como hechos generadores del proceso penal, se tiene que el 30 de septiembre de 2016,
- Ambiente Nº 3
- Cantidad: 2 envoltorios de papel blanco encontrados al menor Carlos Mariano Días Rauch Céspedes, dio
- II.2. De la apelación restringida
- Errónea aplicación de la ley sustantiva penal previsto en el inc
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- Así, el Auto Supremo 86/2013 de 26 de marzo, fue emitido dentro del proceso penal
- En alzada, conforme ha establecido la amplia doctrina emanada por el Máximo Tribunal de Justicia,
- Asimismo, se invocó el Auto Supremo 342/2006 de 28 de agosto, que fue emitido dentro
- La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
- En virtud de estas razones, la ley procesal consagra la exigencia de motivación de las
- La motivación, a la vez que un requisito formal, que en la sentencia no se
- La motivación debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica
- a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- b) Clara: En la sentencia, el objeto del pensar jurídico debe estar notoriamente determinado, de manera
- c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a cada
- Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
- La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
- d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de las
- También, por supuesto, será ilegítima la motivación si se funda en prueba obtenida por un
- Al respecto, señala Maier: "
- Finalmente también se invocó el Auto Supremo 14/2007 de 26 de enero, que fue emitido
- Bajo este preámbulo corresponde verificar si existe contradicción entre los precedentes citados con lo resuelto
- Como se puede observar, no resulta evidente que el Tribunal de apelación haya realizado una
- Con relación al segundo agravio denunciado en apelación restringida, corresponde verificar si existe contradicción entre
- En consecuencia, no resulta evidente que el Tribunal de apelación haya incumplido los requisitos de
- Finalmente, respecto al cuarto agravio denunciado en apelación restringida, corresponde verificar si existe contradicción entre
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
