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9.- Se quejó que los de instancia vulneraron lo dispuesto por el art. 137 num. 1) del Código Procesal Civil, porque los hechos admitidos por la parte adversa no requieren de prueba, siendo que el demandado en su contestación y reconvención admitió no haber pagado ni un solo centavo por las 5000 cuotas de capital de propiedad de la demandante, bajo el temerario argumento que no puede pagar por algo que es de su propiedad, confesión que se encuentra en los alcances del art. 156 del Adjetivo Civil referido a la verdad material, y siendo que el contrato debió ser ejecutado de buena fe al tenor de lo dispuesto en el art. 520 del Código Civil, obligando entre otras cosas a realizar el pago del precio como lo estipula el art. 636 del Código Civil concordante con el art. 639 del mismo cuerpo legal
- CONSIDERANDO I
- 2
- Con base a dichos fundamentos confirmó en todas sus partes la Sentencia de 18 de
- CONSIDERANDO II
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Recurso de casación en la forma
- c) Reclamó que el Auto de Vista se equivocó y parcializó su fallo al no
- e) Inculpó vulneración del art
- f) Aseveró que omitieron referirse a la vulneración del art
- g) Asimismo expresó que el Tribunal de alzada omitió referirse a la vulneración del art
- h) Tampoco el Auto de Vista se habría pronunciado sobre la diferencia conceptual entre capital
- i) Expresó omisión sobre la vulneración expresa del art
- Petitorio
- Recurso de Casación en el fondo
- No se percataron los de instancia sobre la pretensión de la demanda porque erradamente acogieron
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- Solicitó se case el Auto de Vista recurrido, dejando sin efecto el mismo y la
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
