No se percataron los de instancia sobre la pretensión de la demanda porque erradamente acogieron
1.- El Auto de Vista confirmatorio incurrió en vulneración, interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley, es decir en flagrante error de hecho y derecho en la apreciación de las pruebas. Vulneración de los arts. 115, 119, 120, 178 y 180 de la Constitución Política del Estado, arts. 510, 519, 520, 568, 636. II, 1287, 1283 y 1289 del Código Civil; arts. 1 num. 16), 137 num. 1), 149, 150, 213 inc. c), 190 y 336 num. 6) del Código Procesal Civil y art. 195 del Código de Comercio.
No se percataron los de instancia sobre la pretensión de la demanda porque erradamente acogieron como resolución de contrato por incumplimiento de obligación de pago, siendo la pretensión por resolución de contrato por falta de pago, cuyo reconvencionista no probó en ningún momento haber pagado ni un solo centavo
No se percataron los de instancia sobre la pretensión de la demanda porque erradamente acogieron como resolución de contrato por incumplimiento de obligación de pago, siendo la pretensión por resolución de contrato por falta de pago, cuyo reconvencionista no probó en ningún momento haber pagado ni un solo centavo
- CONSIDERANDO I
- 2
- Con base a dichos fundamentos confirmó en todas sus partes la Sentencia de 18 de
- CONSIDERANDO II
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Recurso de casación en la forma
- c) Reclamó que el Auto de Vista se equivocó y parcializó su fallo al no
- e) Inculpó vulneración del art
- f) Aseveró que omitieron referirse a la vulneración del art
- g) Asimismo expresó que el Tribunal de alzada omitió referirse a la vulneración del art
- h) Tampoco el Auto de Vista se habría pronunciado sobre la diferencia conceptual entre capital
- i) Expresó omisión sobre la vulneración expresa del art
- Petitorio
- Recurso de Casación en el fondo
- No se percataron los de instancia sobre la pretensión de la demanda porque erradamente acogieron
- 3
- 4
- 5
- 6
- 7
- 8
- 9
- Solicitó se case el Auto de Vista recurrido, dejando sin efecto el mismo y la
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
