Auto Supremo AS/1133/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1133/2018-RA

Fecha: 13-Nov-2018

g) Asimismo expresó que el Tribunal de alzada omitió referirse a la vulneración del art

g) Asimismo expresó que el Tribunal de alzada omitió referirse a la vulneración del art. 520 del Código Civil realizada por el A quo que en forma parcializada prescindió aplicarlo, en desatención de los juzgadores al principio de la verdad material prevista en el art. 180 de la CPE porque de la acta de asamblea de socios protocolizada mediante Testimonio Nº 1070/2016 se tiene que la demandante ratificó su decisión de vender la totalidad de sus cuotas de capital, cosa totalmente distinta al capital social de una empresa, negocio jurídico establecido por el art. 548 del Código Civil que termina que la venta es un contrato por el que se transfiere una cosa a cambio de un precio en dinero, dinero que jamás fue pagado por el demandado, siendo que el mismo en su calidad de comprador se comprometió a pagar el 23 de diciembre de 2016 lo cual nunca cumplió