Auto Supremo AS/0756/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0756/2018

Fecha: 14-Dic-2018

En mérito a lo anterior y toda vez que tuvo la condición de simple ocupante

En mérito a lo anterior y toda vez que tuvo la condición de simple ocupante del ambiente cedido a su esposo, mal podría haber recibido un haber mensual y, mucho menos podría deducirse la existencia de una explotación laboral; asimismo, el hecho de que a la actora se le haya permitido continuar utilizando aquella precaria vivienda aún después de que su esposo se desvinculó laboralmente de la entidad demandada, no resulta moral ni jurídicamente admisible concebirse una relación de dependencia laboral, mucho menos justificarse a ése título la acreencia de sueldos devengados; más aún si se tiene demostrado documentalmente que los cargos de Portero, Sereno y Guardian de los predios correspondientes al Instituto Hidráulica e Hidrología, se encontraban cubiertos por personal contratado expresamente, entre los que figuran Daniel Bustillos, Juan Limachi y Eusebio Argollo, entre otros, tal cual evidencian las literales cursantes de fs. 101 a 159 de obrados