Auto Supremo AS/1230/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1230/2018

Fecha: 11-Dic-2018

En ese entendido se puede inferir que de la descripción de la demanda reconvencional descrita

En ese entendido se puede inferir que de la descripción de la demanda reconvencional descrita líneas supra esta no reúne los presupuestos para que opere la nulidad por error esencial en la naturaleza del contrato toda vez que de la revisión del contrato de transferencia de fecha 19 de noviembre de 1998, y la reconvención se tiene que el demandado reconvencionista reconoció que firmo la transferencia, empero que era a consecuencia de un préstamo de dinero, sin embargo de la revisión de obrados se puede establecer que no existe ningún documento que acredite que la intención del reconvencionista era el préstamo de dinero por cuanto se pudo establecer que para la formación de dicho contrato motivo de Litis se produjo la integración de voluntades y dieron nacimiento al consentimiento