Auto Supremo AS/1293/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1293/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Maura Rivera Barrigas contesta negativamente al recurso, señalando que no existe agravio en el recurso

7. Señalan como agravio que el Auto de Vista no hace una referencia a la citación del garante de evicción, respecto al derecho que tienen los herederos.
8. Denuncian que no puede admitirse cualquier documental como prueba (fotocopias simples cursantes de fs. 1 a 4), toda vez que existía prueba tasada.
Por lo que solicitan case el Auto de Vista SCCII Nº 105/2018 de 20 de abril o, se dicte resolución anulatoria contra el respectivo Auto de Vista.
Sobre la contestación al recurso de casación.
Maura Rivera Barrigas contesta negativamente al recurso, señalando que no existe agravio en el recurso de los apelantes, mismo que debió ser interpuesto en la forma y no en el fondo; que el recurso de casación no indica cual la relevancia de citar los arts. 180.I y 56.I de la CPE., incumpliendo los requisitos del recurso de casación determinados en el art. 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil. A su vez, el recurso no expresa con claridad a que derecho de la sucesión se refieren, si al de los recurrentes o al de la Sra. Julia Valencia Lanza