Auto Supremo AS/1295/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1295/2018

Fecha: 20-Dic-2018

El Tribunal de Alzada refirió con relación a la apelación interpuesta por la parte demandada

El Tribunal de Alzada refirió con relación a la apelación interpuesta por la parte demandada en contra de la resolución de fs. 50 a 52 vta., concedido en el efecto diferido; que conforme dispone el art. 336 del Código de Procedimiento Civil, son 11 las excepciones previas que la demandada podía plantear, en la cual no se encuentra contemplada la excepción de falta de acción y derecho, que fue propuesta como previa en el memorial de fs. 40 a 44, excepción que puede plantearse como perentoria, por lo que correspondía en consecuencia ser rechazada como aconteció en el caso de autos