Auto Supremo AS/1295/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1295/2018

Fecha: 20-Dic-2018

En tal caso lo que la demandada compró fue un lote distinto al que está

Sin embargo por el principio “pro actione” se procede a dar respuesta, aclarando que no se toma en cuenta el informe pericial que refiere la anexión de manzanos, modificando el plano de fs. 9, ya que la pericia no describe la fuente (Resolución Administrativa Municipal) de modificación del plano de fs. 9 la cual tiene la legalización de la Oficialía de Planificación y Ordenamiento Territorial del Municipio de Tarija, que resulta ser suficiente para situar los lotes 68 y 59, haciendo la misma procedente la acción reivindicatoria.
En tal caso lo que la demandada compró fue un lote distinto al que está ocupando, por lo tanto todos sus reclamos resultan intrascendentes porque simplemente no le asiste el derecho de reclamar dichos aspectos en el presente proceso, reservándole la posibilidad si así lo creyera pertinente, poder hacerlo accionando otra pretensión distinta a la presente