Auto Supremo AS/1295/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1295/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Es por ello que para la procedencia de la mencionada acción reivindicatoria no es necesario

Es por ello que para la procedencia de la mencionada acción reivindicatoria no es necesario que el propietario demuestre cómo ha perdido la posesión del bien inmueble pretendido o la violencia que hubieran ejercido contra él, sino que por el contrario el propietario por el sólo hecho de demostrar su derecho de propiedad cuenta con los elementos de la posesión civil, para demandar la reivindicación, en tal sentido lo reclamado por la parte recurrente, no tiene sustento, porque para la procedencia de la acción reivindicatoria, no interesa en que momento la demandada habría entrado en posesión o realizado las construcciones del inmueble, sino que ante todo debe demostrar derecho propietario sobre el lote