Dentro el plazo previsto por ley, ambos sujetos procesales interpusieron recursos de casación, contra la
I.2 Auto de Vista
Contra esta decisión, la Caja Nacional de Salud, mediante escrito de fs. 413 a 414, interpuso recurso de apelación, solicitando que se revoque parcialmente la decisión de primera instancia, en lo referente al pago de aguinaldo gestión 2010 y la multa del 30 %. A su turno Joel Gutiérrez Beltran, por escrito de fs. 418 a 429 también recurrió en apelación, pidiendo se declare probada en todas sus partes la demanda principal.
La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Auto de Vista Nº 600/2015 de 11 de noviembre, resolvió ambos recurso de apelación, disponiendo “confirmar parcialmente la Sentencia Nº 42/2015 de 29 de abril, corriente a fs. 403-408 y dispone que el aguinaldo de la gestión 2010 debe ser cancelado en el doble del monto calificado en sentencia; es decir en la suma de Bs18.809,28 manteniéndose incólume las otras determinaciones asumidas por la juez de instancia”.
I.3 Motivos del recurso de casación
Dentro el plazo previsto por ley, ambos sujetos procesales interpusieron recursos de casación, contra la decisión de alzada
Contra esta decisión, la Caja Nacional de Salud, mediante escrito de fs. 413 a 414, interpuso recurso de apelación, solicitando que se revoque parcialmente la decisión de primera instancia, en lo referente al pago de aguinaldo gestión 2010 y la multa del 30 %. A su turno Joel Gutiérrez Beltran, por escrito de fs. 418 a 429 también recurrió en apelación, pidiendo se declare probada en todas sus partes la demanda principal.
La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Auto de Vista Nº 600/2015 de 11 de noviembre, resolvió ambos recurso de apelación, disponiendo “confirmar parcialmente la Sentencia Nº 42/2015 de 29 de abril, corriente a fs. 403-408 y dispone que el aguinaldo de la gestión 2010 debe ser cancelado en el doble del monto calificado en sentencia; es decir en la suma de Bs18.809,28 manteniéndose incólume las otras determinaciones asumidas por la juez de instancia”.
I.3 Motivos del recurso de casación
Dentro el plazo previsto por ley, ambos sujetos procesales interpusieron recursos de casación, contra la decisión de alzada
- VISTOS: Los dos recursos de casación, el primero cursante de fs
- Tiempo de trabajo, 6 años, 3 meses y 22 días, desde el 16/08/2004 hasta el
- En relación a los Bs
- Dentro el plazo previsto por ley, ambos sujetos procesales interpusieron recursos de casación, contra la
- La CNS en su escrito de fs
- Manifiesta que la documentación cursante a fs
- Refiere que en el caso concreto, las autoridades judiciales de instancia, habrían vulnerado lo previsto
- Joel Gutiérrez Beltrán, en su recurso de casación de fs
- Seguidamente refiere: “…los tribunales de grado no han tomado en cuenta estos aspectos”, omitiendo el
- 2
- II.1 Fundamentos jurídicos
- El art
- Coherente con lo manifestado, recordar que la Ley N° 719, dispuso que el Código Procesal
- En el caso de autos los dos recurso de casación, fueron presentados en el mes
- Los detalles de pago de aguinaldos cursantes a fs
- En relación a lo manifestado, en principio se debe tener presente que en materia laboral,
- En el caso de autos, la parte actora en su escrito de demanda admite que
- Respecto a la multa del 30 %, que se ratificó en segunda instancia, teniendo presente
- Ante esta insuficiencia probatoria, tomando en cuenta el principio de libertad probatoria y el de
- A mérito de estos argumentos y fundamentos, concluye este Tribunal que los agravios acusados por
- En tal sentido lo primero es tener presente la naturaleza del servicio que prestaba el
- Acusa falta de valoración correcta de la Ley, vulneración al principio de inversión de
- Conforme se explicó anteriormente, respecto a las horas extraordinarias, la segunda parte del art
- Referente a las vacaciones, manifiesta que lo correcto era que se le reconozca las correspondientes
- El recurrente manifiesta que no habría utilizado las vacaciones correspondientes a la gestión 2008, aspecto
- Con este antecedente, en la liquidación cursante tanto a fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
