En relación a lo manifestado, en principio se debe tener presente que en materia laboral,
En relación a lo manifestado, en principio se debe tener presente que en materia laboral, respecto a la valoración de la prueba, se aplica el principio de “libre apreciación de la prueba” contenida en el art. 3 inc. j) del Código Procesal del Trabajo, amparado en el mismo la autoridad judicial valora las pruebas con amplio margen de libertad conforme a la sana lógica, así como los dictados de su conciencia. Siguiendo la misma orientación el artículo 158 del mismo cuerpo legal, en lo que hace a la valoración de la prueba, refiere que el Juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes
- VISTOS: Los dos recursos de casación, el primero cursante de fs
- Tiempo de trabajo, 6 años, 3 meses y 22 días, desde el 16/08/2004 hasta el
- En relación a los Bs
- Dentro el plazo previsto por ley, ambos sujetos procesales interpusieron recursos de casación, contra la
- La CNS en su escrito de fs
- Manifiesta que la documentación cursante a fs
- Refiere que en el caso concreto, las autoridades judiciales de instancia, habrían vulnerado lo previsto
- Joel Gutiérrez Beltrán, en su recurso de casación de fs
- Seguidamente refiere: “…los tribunales de grado no han tomado en cuenta estos aspectos”, omitiendo el
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- II.1 Fundamentos jurídicos
- El art
- Coherente con lo manifestado, recordar que la Ley N° 719, dispuso que el Código Procesal
- En el caso de autos los dos recurso de casación, fueron presentados en el mes
- Los detalles de pago de aguinaldos cursantes a fs
- En relación a lo manifestado, en principio se debe tener presente que en materia laboral,
- En el caso de autos, la parte actora en su escrito de demanda admite que
- Respecto a la multa del 30 %, que se ratificó en segunda instancia, teniendo presente
- Ante esta insuficiencia probatoria, tomando en cuenta el principio de libertad probatoria y el de
- A mérito de estos argumentos y fundamentos, concluye este Tribunal que los agravios acusados por
- En tal sentido lo primero es tener presente la naturaleza del servicio que prestaba el
- Acusa falta de valoración correcta de la Ley, vulneración al principio de inversión de
- Conforme se explicó anteriormente, respecto a las horas extraordinarias, la segunda parte del art
- Referente a las vacaciones, manifiesta que lo correcto era que se le reconozca las correspondientes
- El recurrente manifiesta que no habría utilizado las vacaciones correspondientes a la gestión 2008, aspecto
- Con este antecedente, en la liquidación cursante tanto a fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
