Auto Supremo AS/0043/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0043/2018

Fecha: 05-Mar-2018

En relación a lo manifestado, en principio se debe tener presente que en materia laboral,

En relación a lo manifestado, en principio se debe tener presente que en materia laboral, respecto a la valoración de la prueba, se aplica el principio de “libre apreciación de la prueba” contenida en el art. 3 inc. j) del Código Procesal del Trabajo, amparado en el mismo la autoridad judicial valora las pruebas con amplio margen de libertad conforme a la sana lógica, así como los dictados de su conciencia. Siguiendo la misma orientación el artículo 158 del mismo cuerpo legal, en lo que hace a la valoración de la prueba, refiere que el Juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes