En el caso de autos, la parte actora en su escrito de demanda admite que
En el caso de autos, la parte actora en su escrito de demanda admite que se le habría cancelado por concepto de derechos y beneficios sociales la suma de Bs79.765,52. A su vez la CNS mediante su escrito de contestación de fs. 145 a 149 ratifica esta situación, haciendo la aclaración que este monto es consecuencia de la liquidación de los derechos y beneficios sociales que en justicia y en derecho le correspondía al ahora actor Joel Gutiérrez Beltrán. Complementando, el actor, en su demanda, pretende el pago de varios derechos, uno de estos es precisamente el aguinaldo correspondiente a la gestión 2010, revisando minuciosamente la liquidación cursante a fs. 172, en la cual se acredita el origen de los Bs79.765,52; documento titulado “Liquidación de un quinquenio” no se hace mención al pago del aguinaldo correspondiente a la gestión 2010, es decir que el referido documento evidencia que el monto que le correspondería al ahora demandante, por concepto de aguinaldo respecto a la gestión 2010, no estaría incluido dentro los Bs79.765,52
- VISTOS: Los dos recursos de casación, el primero cursante de fs
- Tiempo de trabajo, 6 años, 3 meses y 22 días, desde el 16/08/2004 hasta el
- En relación a los Bs
- Dentro el plazo previsto por ley, ambos sujetos procesales interpusieron recursos de casación, contra la
- La CNS en su escrito de fs
- Manifiesta que la documentación cursante a fs
- Refiere que en el caso concreto, las autoridades judiciales de instancia, habrían vulnerado lo previsto
- Joel Gutiérrez Beltrán, en su recurso de casación de fs
- Seguidamente refiere: “…los tribunales de grado no han tomado en cuenta estos aspectos”, omitiendo el
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- II.1 Fundamentos jurídicos
- El art
- Coherente con lo manifestado, recordar que la Ley N° 719, dispuso que el Código Procesal
- En el caso de autos los dos recurso de casación, fueron presentados en el mes
- Los detalles de pago de aguinaldos cursantes a fs
- En relación a lo manifestado, en principio se debe tener presente que en materia laboral,
- En el caso de autos, la parte actora en su escrito de demanda admite que
- Respecto a la multa del 30 %, que se ratificó en segunda instancia, teniendo presente
- Ante esta insuficiencia probatoria, tomando en cuenta el principio de libertad probatoria y el de
- A mérito de estos argumentos y fundamentos, concluye este Tribunal que los agravios acusados por
- En tal sentido lo primero es tener presente la naturaleza del servicio que prestaba el
- Acusa falta de valoración correcta de la Ley, vulneración al principio de inversión de
- Conforme se explicó anteriormente, respecto a las horas extraordinarias, la segunda parte del art
- Referente a las vacaciones, manifiesta que lo correcto era que se le reconozca las correspondientes
- El recurrente manifiesta que no habría utilizado las vacaciones correspondientes a la gestión 2008, aspecto
- Con este antecedente, en la liquidación cursante tanto a fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
