Auto Supremo AS/0093/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2018

Fecha: 05-Mar-2018

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1. Sobre la acusación de que la firma de dos anuentes importa una transacción con los hermanos suscribientes sobre su cuota, y que el referido documento tendría la fuerza probatoria que señalan los arts., 606 , 607, 1296 y 1297 del Código Civil; se establece que el documento privado de compromiso de compra venta de inmueble de fs. 3 a 7, suscrito por los hermanos Ambrocio, Ángel Manuel, Benicio, Ceferino, Juan, Ruth Jakeline todos de apellido Vaca Veliz, la última representada por su apoderada Erika Cayoja Vaca según poder Nº 172/2010 e Isabel y Roger German Vaca Veliz como herederos anuentes a favor de Juan Carlos Villarroel Zabala y Karla Lorena Eid de Villarroel, no puede ser considerado como eficaz debido a que el Tribunal de alzada declaró su nulidad, razón por la que el recurrente antes de considerar dicho aspecto debió debatir la calificación de nulidad establecida en segunda instancia; tampoco dicho documento puede considerarse como uno de transacción entre los que firman como anuentes, cuando la transacción debe ser expresa, y resaltar el contenido de lo que se está siendo objeto de transacción conforme señala el art. 945 del Código Civil