Auto Supremo AS/0093/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2018

Fecha: 05-Mar-2018

Resolución de segunda instancia que fue objeto de complementación conforme al Auto de fs

2) Con relación a la apelación de Jorge y Víctor Vaca Veliz, respecto a la prelación en la compra del inmueble por la que se acusa la infracción del art. 1249 del Código Civil, y sobre la acusación de que los vendedores vulneraron el art. 679 del Código de Procedimiento Civil, en sentido de que la división debe comprender a todos los coherederos; refiere que de la revisión del proceso se verifica que los agravios acusados son evidentes, constatándose que fueron ignorados por el juez de primera instancia; por lo que aplica el principio iura novit curia y tratándose de una causal de nulidad tasada prevista en el art. 679 del Código de Procedimiento Civil, asume revocar parcialmente la sentencia.
Resolución de segunda instancia que fue objeto de complementación conforme al Auto de fs. 311 aclarando que el derecho vulnerado está contenido en el art. 679 del Código de Procedimiento Civil, norma que estaba vigente durante la sustanciación del proceso, y que el art. 218 de la Ley 439 no tiene relación con ese derecho porque solo regula las formas de resolución en segunda instancia. Asimismo refiere que en relación a los puntos 2, 3, 4, 5 y 6 del memorial de fs. 27 a 30 describe que Víctor Vaca Veliz no reconvino por lesión enorme, sino Ángel Manuel Vaca Veliz, exponiendo que el Auto de Vista no hizo referencia a dicha figura