Auto Supremo AS/0093/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2018

Fecha: 05-Mar-2018

CONSIDERANDO III

Denuncian que el Ad quem toma el Código Adjetivo por encima del Código Sustantivo, mezcla la aplicación de dos normas, una no vigente y otra vigente, citando el art. 218 núm. 2) y 3) del Código Procesal Civil, y aluden el art 679 del Código de Procedimiento Civil abrogado, violando de esta manera la disposición sexta de la Ley 439, ya que el 6 de febrero entró en vigencia el Código Procesal Civil y concluye que el Tribunal de segunda instancia ha dictado un fallo totalmente “citra petita”, violando en cuanto al tema de forma, el art. 213 parágrafo I) del Código Procesal Civil, al declarar probada una acción reconvencional, vulnerando dicho artículo.
II.2. De la respuesta al recurso de casación:
Se hace constar que la contestación al recurso de casación fue presentada en forma extemporánea, posterior al auto de concesión del recurso de casación.
CONSIDERANDO III:
DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. De la congruencia de la resolución