Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0107/2018-RRC
Fecha: 02-Mar-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 28 de abril de 2017, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a)Por Sentencia 05/2016 de 2 de junio (fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 559/2017-RA de 10 de agosto,
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El recurrente haciendo una remembranza del motivo de apelación restringida, fundado en la supuesta existencia
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita que se dicte Auto Supremo dejando sin efecto el Auto de Vista
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
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i)Miguel Sotara Condori, con la finalidad de obtener dineros, mediante el juego llamado “pasanaku”, visitaba
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ii)Que, en su calidad de supuesto depositario de buena fe, Miguel Sotara Condori recibió dineros
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iv)De las declaraciones testificales de Nelly Ancasi Cama y Genaro Canaviri Martínez se pudo establecer
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v)En fase del juicio oral ante la solicitud de ampliación de la acusación se pudo
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vi)Se estableció que Miguel Sotara Condori causó un perjuicio patrimonial en montos económicos a las
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vii)Se valió de la gente humilde con pocos conocimientos jurídicos, el Tribunal ha podido fundar
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viii)El acusado Miguel Sotara Condori al ausentarse de la localidad de Huanuni a la localidad
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II.2. De la apelación restringida de la imputada
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Notificada la parte imputada, interpone recurso de apelación restringida contra la Sentencia pronunciada, con los
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2)Que la Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados por su lectura
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3)Que el Tribunal de Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en
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a)Que, acusado Miguel Sotara Condori interpone recurso de apelación restringida con argumentos altamente confusos, señala
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b)Respecto al otro tópico alegado, respecto a que la Sentencia se base en medios o
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c)Respecto al otro punto apelado: que la Sentencia se base en hechos inexistentes o no
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En el presente recurso de casación, en atención al Auto Supremo 559/2017-RA de 10 de
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III.1. Sobre La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por los arts
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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III.2. La tipicidad como base del principio de legalidad. La Estafa
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La tipicidad ha sido entendida desde tiempos remotos, como la adecuación de un hecho, considerado
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Entonces, la tipicidad representa no solo el cumplimiento de los presupuestos que caracterizan al tipo
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de todos los elementos del tipo de injusto, objetivos y subjetivos, detallados en el tipo
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Entonces para alegar inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva respecto al delito de
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III.3. Análisis del caso concreto
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De la revisión del fundamento esgrimido por el recurrente, no señala con particular mención si
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En ese entendido, concierne poder establecer si el tribunal de apelación efectivamente ha realizado un
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Consiguientemente, bajo estas consideraciones se ha podido establecer y observar en la fundamentación realizada por
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Consiguientemente, el recurrente ha alegado segunda contradicción de tipo sustantiva del Auto de Vista con
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Por cuanto al no existir contradicción del Auto de Vista con los precedentes invocados, referidos
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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