Auto Supremo AS/0107/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0107/2018-RRC

Fecha: 02-Mar-2018

i)Miguel Sotara Condori, con la finalidad de obtener dineros, mediante el juego llamado “pasanaku”, visitaba


Por Sentencia 05/2016 de 2 de junio (fs. 81 a 90), el Tribunal Primero de Sentencia de Huanuni del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Miguel Sotara Condori, autor y culpable de la comisión del delito de Estafa con Agravante, tipificado por el art. 335 con relación al art. 346 bis del CP, imponiendo la pena de cinco años de reclusión, más cien días de multa a razón de dos bolivianos por día, con costas a favor del Estado y el pago de responsabilidad civil a favor de las víctimas, en base a los siguientes argumentos:

i)Miguel Sotara Condori, con la finalidad de obtener dineros, mediante el juego llamado “pasanaku”, visitaba los domicilios de las víctimas prometiéndoles que cuando les toque el turno del número sorteado del “pasanaku” les entregaría el total de monto en bolivianos, de 10000 o 20000, si estos jugaban montos de 1000 a 2000 bolivianos al mes, extremo que las víctimas con la ilusión de recibir este monto económico entregaban de manera puntual el monto económico convenido. Hechos que tienen estrecha correspondencia con la prueba testifical de Feliz Chuca Guzmán, Prudencia Canaviri Martínez, Alex Gareca Vásquez y Nelly Ancasi Cama, así como con la prueba documental MP-D4, MP-D7, por lo que el delito de Estafa existió plenamente