Auto Supremo AS/0159/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0159/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

3)La prueba testifical de Marliz Columba Arauz, contenida en el inciso e) en la que


3)La prueba testifical de Marliz Columba Arauz, contenida en el inciso e) en la que se le habría permitido la lectura de algunos documentos, por lo que denunció que generó actividad procesal defectuosa, a lo cual el Tribunal de alzada en el considerando 3.5, refirió que de la revisión del acta de audiencia de fecha 12 de mayo de 2014 sobre este aspecto, planteó incidente de actividad procesal defectuosa, resolviéndose mediante resolución 66/2014 de 12 de mayo, saliente a fs. 459 sin que la defensa haya reservado apelación alguna, pese a la advertencia del respectivo Tribunal, por lo que esta situación no puede ser contraria a la doctrina legal aplicable citada; ya que, al margen de no identificar la violación de la norma concreta, tampoco puede ser considerado por el Tribunal de alzada un aspecto que no se lo reclamó incidentalmente mediante la respectiva apelación incidental; por cuanto, no es evidente la vulneraciones de derechos respecto a la incorporación o exclusiones de pruebas, que el mismo acusado no haya reclamado oportunamente, sin recurrir a los recursos que franquea la ley 1970, resultando infundados sus respectivos planteamientos, por lo que tampoco se evidenció vulneración alguna que implique el incumplimiento normas de tramitación, ni se advirtió defectos absolutos, o judicialización ilegal de prueba alguna, no existiendo en consecuencia contradicción con la doctrina legal invocada