Sobre la ilegal negativa a judicializar prueba de cargo PDD1, PDD2, PDD3 y PDD10, contenida
Tomando en cuenta la doctrina legal invocada con la problemática planteada, corresponde verificar si el Tribunal de alzada incumplió dicho precedente, referente al rechazo injustificado de pruebas, es preciso contrastar con el inciso que a continuación se detalla: d) Ilegal negativa a judicializar prueba de cargo PDD1, PDD2, PDD3 y PDD10. Correspondiendo desarrollarlos de acuerdo a lo siguiente:
Sobre la ilegal negativa a judicializar prueba de cargo PDD1, PDD2, PDD3 y PDD10, contenida en el inciso d) consistente en querella, imputación, acusación y acta de audiencia conclusiva, pruebas del imputado orientadas a demostrar que los hechos se configurarían en Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, de la misma forma que el motivo anterior el Tribunal de alzada concluyó que en audiencia pública de fecha 22 de octubre de 2014, se excluyó dichas pruebas sin que la defensa haya hecho reserva de recurrir de apelación incidental, por lo que no correspondía que el Tribunal de alzada pueda pronunciarse sobre este aspecto, tomando en cuenta que existe recursos procesales a efectos de hacer valer los derechos y las garantías de las partes, por lo que al denunciar este aspecto sin realizar la respectiva reserva, el acusado desnaturaliza el respectivo procedimiento, por lo que no se evidencia vulneración alguna que implique el incumplimiento de las normas de su tramitación, como tampoco existió rechazo injustificado de prueba alguna, no siendo en consecuencia contraria a la doctrina legal invocada
Sobre la ilegal negativa a judicializar prueba de cargo PDD1, PDD2, PDD3 y PDD10, contenida en el inciso d) consistente en querella, imputación, acusación y acta de audiencia conclusiva, pruebas del imputado orientadas a demostrar que los hechos se configurarían en Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, de la misma forma que el motivo anterior el Tribunal de alzada concluyó que en audiencia pública de fecha 22 de octubre de 2014, se excluyó dichas pruebas sin que la defensa haya hecho reserva de recurrir de apelación incidental, por lo que no correspondía que el Tribunal de alzada pueda pronunciarse sobre este aspecto, tomando en cuenta que existe recursos procesales a efectos de hacer valer los derechos y las garantías de las partes, por lo que al denunciar este aspecto sin realizar la respectiva reserva, el acusado desnaturaliza el respectivo procedimiento, por lo que no se evidencia vulneración alguna que implique el incumplimiento de las normas de su tramitación, como tampoco existió rechazo injustificado de prueba alguna, no siendo en consecuencia contraria a la doctrina legal invocada
- Por memorial presentado el 18 de abril de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 005/2015 de 11 de febrero (fs
- I.2. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 601/2017 de 18 de agosto,
- 1)El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada en el Auto de Vista recurrido, no
- 2)El recurrente denuncia que la Resolución recurrida, no aplicó los siguientes precedentes contradictorios: Autos Supremos
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita encausar la doctrina legal aplicable y anular la sentencia 5/2015 de 11
- I.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 601/2017-RA de 18 de agosto, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 005/2015 de 11 de febrero, el Tribunal Séptimo de Sentencia y Juzgado de
- Contra la mencionada Sentencia, Helbert Farid del Castillo Daza, interpuso recurso de apelación restringida, denunciando
- En dicho recurso también interpuso apelación incidental sobre las excepciones e incidentes rechazados en juicio
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- Sobre la denuncia de exclusión probatoria de las pruebas MP-7, MP-8, AP-7, AP-8, consistente en
- III.1. Análisis del caso concreto
- El Auto Supremo 236/2007 de 7 de marzo, fue emitido dentro del proceso penal seguido
- Bajo este preámbulo, corresponde verificar si el Tribunal de alzada incumplió dicho precedente con relación
- De lo anteriormente extraído por parte de los fundamentos del Tribunal de alzada, con relación
- Corresponde ahora verificar la supuesta contradicción con el Auto Supremo 251/2012 de 17 de septiembre,
- “Los Tribunales de apelación y de casación tienen la labor de revisión minuciosa de los
- La proposición u ofrecimiento de la prueba, así como su respectiva producción dentro del proceso
- En miras de la realización de la justicia, en materia penal la proposición y producción
- El rechazo injustificado de una prueba objetivamente conducente al descubrimiento de la verdad histórica del
- Sobre la ilegal negativa a judicializar prueba de cargo PDD1, PDD2, PDD3 y PDD10, contenida
- “Conforme a lo dispuesto en el art
- Por lo que, el Tribunal de Alzada, al advertir la existencia de que la prueba
- 1)Prueba de cargo MP-7, MP-8 y AP-8, descritos en el inciso a), consistentes en copias
- 2)Respecto a los incisos b) referentes a los informes periciales MP-9, MP-109, AP-12 y AP-13
- 3)La prueba testifical de Marliz Columba Arauz, contenida en el inciso e) en la que
- La presente doctrina legal aplicable en análisis a la debida introducción o judicialización de las
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
