Auto Supremo AS/0215/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0215/2018-RA

Fecha: 29-Mar-2018

No obstante de lo anterior, en la fundamentación de este motivo, las recurrentes denuncian la


No obstante de lo anterior, en la fundamentación de este motivo, las recurrentes denuncian la concurrencia de defecto absoluto no susceptible de convalidación, previsto por el art. 169 del CPP, que erróneamente signan “art. 369 del CPP”, teniendo como antecedentes generadores del hecho (que el Auto de Vista recurrido incurrió en falta de fundamentación, respecto a su denuncia concerniente a defectuosa valoración de la prueba), insuficiencia de fundamentación que constituiría defecto absoluto; por cuanto, no se habría motivado los cuestionamientos expuestos en la formulación de su motivo de apelación, resultándole como resultado dañoso que la Resolución recurrida las dejó en incertidumbre. De la fundamentación expuesta, se observa que las recurrentes cumplieron con los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite anterior de la presente Resolución; en consecuencia, el motivo en examen deviene en admisible