Auto Supremo AS/0260/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0260/2018-RRC

Fecha: 24-Abr-2018

El recurrente también ha invocado el Auto Supremo 60/2012 de 30 de marzo, que fue


El recurrente también ha invocado el Auto Supremo 60/2012 de 30 de marzo, que fue emito dentro de un proceso por el delito de Violación y Asesinato, fundando la siguiente doctrina legal aplicable: “….Por lo que no existe fundamentación en el Auto de Vista cuando en el mismo se evidencia que el tribunal de Alzada no se pronunció sobre todos los motivos en los que se fundaron el recurso de apelación restringida deducido por el o los procesados, lo cual constituye un vicio de incongruencia omisiva (citra petita o ex silentio) que vulnera el art. 124 del Código de Procedimiento Penal y que desconoce el art. 398 del citado compilado procesal pues los Tribunales de Alzada deben circunscribir sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la resolución impugnada. Por lo que la omisión de pronunciamiento de un aspecto reclamado se constituye en defecto absoluto inconvalidable, que vulnera el derecho a recurrir, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, no siendo suficiente acudir a fundamentos evasivos y referidos a defectos que conforme al art. 399 del Código de Procedimiento Penal pudieron ser observados en su oportunidad en el marco del respeto al principio pro actione…”. De lo glosado, se advierte que el Tribunal de alzada no ha realizado fundamentos evasivos, así como tampoco ha omitido pronunciamiento sobre el aspecto reclamado, cuando más al contrario el Auto de Vista, otorga respuesta al punto apelado, estableciendo que el recurrente fue individualizado en la Sentencia con relación a su responsabilidad penal, por lo que no se puede identificar cuál sería la incongruencia omisiva en que habría incurrido supuestamente el Tribunal de apelación, no identificándose contradicción del precedente con el Auto de Vista impugnado al haberse analizado de manera objetiva la concurrencia de una respuesta concreta por parte del Tribunal de apelación al agravio denunciado por el recurrente