Auto Supremo AS/0267/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2018-RA

Fecha: 27-Abr-2018

El art


Invoca como precedente contradictorio al Auto de Vista 156/12 de 16 de agosto, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, transcribiendo a fines de exposición un fragmento, que sirve de base para expresar que el Auto de Vista impugnado asume un sentido contrario al precedente por cuanto valida una sentencia a partir de suposiciones y conjeturas sobre su participación en el hecho, sin ningún elemento probatorio, dando por acreditados cada uno de los elementos normativos del art. 252, en sus incs. 2) y 3) del CP; cuando para ello era indispensable una participación efectiva no una presencia circunstancial, basada en pruebas” (sic).

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP