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1. Solicitaron en apelación se revoque la Sentencia respecto al fundamento de fondo de sus pretensiones eventuales de usucapión y servidumbre de paso, indicarón que al haber sido acogida su pretensión de nulidad de documentos, cancelación de Matrícula y rehabilitación de partida en Sentencia, el Juez no podía pronunciarse en el fondo sobre las pretensiones eventuales de usucapión decenal y servidumbre de paso, justamente por el principio de eventualidad, pues al ser eventuales solo deben ser consideradas cuando no se acojan las pretensiones principales
- Choque y otra
- Proceso: Acción reivindicatoria
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO I
- Decisorio de primera instancia que al ser apelado por los demandados mereció la emisión del
- En el presente caso de autos los demandados plantearon acción reconvencional de nulidad de Escrituras
- CONSIDERANDO II
- 1
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- CONSIDERANDO III
- DE LA VERDAD MATERIAL
- Con la implementación de la nueva Constitución Política del Estado los jueces tienen el deber
- DE LA PRETENSIÓN SUBORDINADA
- El art
- La doctrina del derecho procesal, permite que en un mismo proceso puedan debatirse distintas pretensiones,
- CONSIDERANDO IV
- Sobre la respuesta del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
