La doctrina del derecho procesal, permite que en un mismo proceso puedan debatirse distintas pretensiones,
En el derecho procesal se considera que una relación jurídica procesal supone la presencia de dos partes (demandante y demandado) y en forma singular se entiende que en cada parte se encuentra una sola persona y una sola pretensión. Empero, dada la multiplicidad de relaciones jurídicas, el planteamiento de las pretensiones puede ser más complejo, entre las mismas partes, puede darse el hipotético de presentarse varias pretensiones.
La doctrina del derecho procesal, permite que en un mismo proceso puedan debatirse distintas pretensiones, o sea más de una pretensión, a ello de denomina acumulación de pretensiones, y dentro de ellas se tiene la pretensión subordinada, por la cual se entiende que se presenta dos pretensiones independientes, describiendo la relación jurídica entre las partes legitimadas para el debate, una de ellas considerada como principal y la segunda como subordinada, tiene esa descripción pues el Juez solo atiende la pretensión subordinada en caso de denegar la primera, considera en análisis la procedencia o no de la segunda, pues está subordinada al criterio que se asuma respecto a la pretensión principal
La doctrina del derecho procesal, permite que en un mismo proceso puedan debatirse distintas pretensiones, o sea más de una pretensión, a ello de denomina acumulación de pretensiones, y dentro de ellas se tiene la pretensión subordinada, por la cual se entiende que se presenta dos pretensiones independientes, describiendo la relación jurídica entre las partes legitimadas para el debate, una de ellas considerada como principal y la segunda como subordinada, tiene esa descripción pues el Juez solo atiende la pretensión subordinada en caso de denegar la primera, considera en análisis la procedencia o no de la segunda, pues está subordinada al criterio que se asuma respecto a la pretensión principal
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