CONSIDERANDO III
Solicitando que se case el Auto de Vista recurrido.
De la respuesta al recurso de casación.
Se hace constar que no se presentó contestación al recurso de casación
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
EFECTOS DE LA USUCAPION.En el Auto Supremo Nº 220 de 24 de junio de 2010, se ha desarrollado la tesis de los efectos de la usucapión declarada en la que se indicó lo siguiente:
"La usucapión declarada judicialmente produce un doble efecto, adquisitivo para el usucapiente y extintivo para el usucapido, razón por la cual, el sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura en el Registro de Derechos Reales, como titular del bien a usucapir, por ello, el actor debe acompañar con la demanda, la certificación o documentación que acredite ese aspecto, toda vez, que es contra él actual propietario- que se pretende opere el efecto extintivo de la usucapión"
De la respuesta al recurso de casación.
Se hace constar que no se presentó contestación al recurso de casación
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
EFECTOS DE LA USUCAPION.En el Auto Supremo Nº 220 de 24 de junio de 2010, se ha desarrollado la tesis de los efectos de la usucapión declarada en la que se indicó lo siguiente:
"La usucapión declarada judicialmente produce un doble efecto, adquisitivo para el usucapiente y extintivo para el usucapido, razón por la cual, el sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura en el Registro de Derechos Reales, como titular del bien a usucapir, por ello, el actor debe acompañar con la demanda, la certificación o documentación que acredite ese aspecto, toda vez, que es contra él actual propietario- que se pretende opere el efecto extintivo de la usucapión"
- Choque y otra
- Proceso: Acción reivindicatoria
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO I
- Decisorio de primera instancia que al ser apelado por los demandados mereció la emisión del
- En el presente caso de autos los demandados plantearon acción reconvencional de nulidad de Escrituras
- CONSIDERANDO II
- 1
- 4
- CONSIDERANDO III
- DE LA VERDAD MATERIAL
- Con la implementación de la nueva Constitución Política del Estado los jueces tienen el deber
- DE LA PRETENSIÓN SUBORDINADA
- El art
- La doctrina del derecho procesal, permite que en un mismo proceso puedan debatirse distintas pretensiones,
- CONSIDERANDO IV
- Sobre la respuesta del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
