Auto Supremo AS/0155/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2018

Fecha: 05-Jun-2018

El Auto Supremo Nº 22 de 30/01/2009, señala: “ 3

El Tribunal Supremo de Justicia, tiene marcada una línea jurisprudencial al respecto:
El Auto Supremo Nº 22 de 30/01/2009, señala: “ 3.- En consecuencia, en base al anterior razonamiento, este tribunal concluye que el ad quem con adecuado criterio jurídico, determinó que corresponde efectuarse una nueva calificación de la renta de vejez del asegurado, toda vez que en obrados consta documentación que acredita que trabajó en la Empresa Minera San Juan Ltda. desde el 15 de diciembre de 1973 hasta el 30 de noviembre de 1977, conforme consta en la certificación de fs. 30, respaldada a su vez por el formulario de liquidación de tiempo de servicios de fs. 35 y la boleta de pago de fs. 97; asimismo, se debe tener en cuenta la liquidación y pago de beneficios sociales de fs. 34; el certificado de fs. 31, expedido por la Empresa Minera Mediana "San Juan Ltda." el 16 de febrero de 1993, reiterada a fs. 91 y que constituye documentación que fue presentada antes de la vigencia del D.S. 27543 cuya data es del 31 de mayo de 2004, que sin embargo no han sido considerados por las Comisiones del SENASIR, en el marco de las normas que ellos mismos denuncian como infringidas, así el art. 14 del D.S. 27543 y la Resolución Ministerial No. 559 de 3 de octubre de 2005”