Auto Supremo AS/0369/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0369/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

Ingresando al análisis del presente motivo, conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al


Ingresando al análisis del presente motivo, conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, ante la emisión de la Sentencia absolutoria, la acusadora particular conforme se extrajo en el acápite II.2 de esta Resolución, formuló recurso de apelación restringida acusando: como primer agravio la Falta de fundamentación de la Sentencia; en el que precisó: i) Falta de fundamentación en cuanto a la valoración de la prueba de cargo; por cuanto, el Juez de Sentencia habría incumplido la exigencia legal del art. 173 con relación al art. 124 del CPP , ya que, de las 18 pruebas documentales de cargo y 4 testificales de cargo que había judicializado no habían sido valoradas, ni mencionadas en la Sentencia, limitándose a referir mínimamente a la declaración testifical de la Notaría de Fe Pública 51; sin pronunciarse sobre las declaraciones de los testigos José Raúl Jordán Arauz, Evelyn Razuk de Castro y José Hernán Castro Razuk. Que en cuanto a la prueba documental se había limitado a referir solo a una certificación expedida por la Notaría de Fe Pública 51 cuando serían dos las certificaciones que extendió dicha notaría; y, ii) Fundamentación insuficiente y contradictoria de la Sentencia; ya que, la Sentencia alegaría que valoró la prueba de cargo y descargo, lo que le resulta errónea y contradictorio, puesto que, los acusados no habían ofrecido prueba de descargo; y como segundo agravio, reclamó la Valoración Defectuosa de la Prueba; alegando que si bien en el punto anterior arguyó que el Juez no mencionó, menos valoró ni fundamentó las pruebas de cargo, dicha omisión le constituía, defecto previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP