Auto Supremo AS/0369/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0369/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

Que se planteó una acusación particular alegando que en fecha 16 de julio de 2011


Por Sentencia 24 de 18 de noviembre de 2016, el Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Ella del Carmen Cuellar Vda. de Razuk, Ángela María Razuk Vda. de Marcos y Widen Joaquín Razuk Cuellar, absueltos de la comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, bajo las siguientes conclusiones:

Que se planteó una acusación particular alegando que en fecha 16 de julio de 2011 la querellante no firmando nada, se había inscrito en el registro público de Derechos Reales la minuta de transferencia de 14 de septiembre de 2006 con reconocimiento de firmas, realizado ante Notaría de Fe Pública 51 donde aparece la querellante como vendedora del inmueble, dicha Notaría certificó que en sus registros no cursa ninguna transferencia de esa fecha, afirmación que la realizó como testigo de cargo; sin embargo, cuando se trata de delitos respecto a falsificación o falsedad es imprescindible que la víctima presente el documento principal impugnado de falso y en el caso la querellante no lo presentó, no realizando las pericias correspondientes para verificar si las firmas son verdaderas o falsificadas