Auto Supremo AS/0523/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0523/2018-RA

Fecha: 13-Jul-2018

La recurrente refiere que: 1) Señala que recibió el mandato de su ex jefe o


La recurrente refiere que: 1) Señala que recibió el mandato de su ex jefe o el ex senador de la República Jorge Justiniano Valderrama, testigo clave en éste proceso para que reciba los testimonios de poderes de los empleados de la Brigada Parlamentaria del Departamento de Pando en Cobija, debido a que el Ministerio de Hacienda de ese entonces después de haber sido convocados los habilitados a una reunión donde se comunicaba el cambio de entidad bancaria Banco Unión por Banco Mercantil Sata Cruz para el pago de haberes a los empleados públicos se hace notar que el Banco Mercantil Santa Cruz no constaba en esa oportunidad con una agencia donde puedan hacer efectivo el cobro de sus sueldos; 2) Que el Fiscal quiso hacer aparecer que la imputada formaría parte de una organización de delincuentes, los mismos habrían desviado dineros del Senado Nacional para su provecho, situación que en criterio de la recurrente sería falso porque en el transcurso del proceso, se demostró que la imputada nunca formó parte del personal de confianza y apoyo del ex Senador Jorge Estrada Oshiro, quien en sus declaraciones así lo confirmó; 3) Refiere haber sido secretaria del ex Senador de la República Jorge Justiniano Valderrama, quien fuera testigo clave, al que el Tribunal después de haber solicitado que se enviara un mandato instruido para que se le reciba su declaración por su delicado estado de salud, mismo que absolvería todas las dudas sobre cómo es que instruyó para que la imputada reciba los poderes o mandatos, mediante poderes del personal que trabajaba para la brigada parlamentaria en Cobija Pando, para que cobraran sus sueldos y aguinaldos de la gestión 2005, porque el costo de los pasajes en avión son muy altos y no justifica el venir desde ese distante departamento a cobrar los míseros sueldos como empleados del Senado en ese departamento; 4) Señala que dentro de los testimonios de poderes que hubiera recibido la imputada estaba el de la supuesta víctima la Sra. Marcia Poma Paz, que pese a que fue citada para que preste su declaración como testigo de cargo, no lo hizo porque sabía muy bien que ella sí trabajó para el Senado Nacional y no es como dice el Fiscal (personal fantasma) y los testigos que vieron firmar el poder otorgado también son fantasmas?, esta situación señala que le deja en estado de indefensión, es más, la testigo que le hubiera metido en este problema judicial es Evelin Ferreira de Assaf, que la misma como testigo de descargo se hizo a un lado, no quiso ir a declarar, con lo que se consumió su estado de indefensión, vulnerando sus derechos constitucionales. Asimismo, señala que no se puede establecer donde se encuentran las supuestas víctimas, si los delitos son intuito personae?, o sea son personal al igual que las víctimas? siendo que el Senado pagó al personal de la Brigada parlamentara de cobija Pando, del cupo del ex Senador Jorge Justiniano, para lo que la imputada cobro sueldo y aguinaldo de ese personal en la ciudad de La Paz y le entregó en mano propia al ex Senador, Jorge Justiniano, quién luego no quiso declarar a su favor, ya que su pretexto fue el de estar delicado de salud; por lo que, no se puede advertir la supuesta banda de delincuentes que se apropió de dineros del Senado Nacional