Auto Supremo AS/0426/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2018

Fecha: 17-Ago-2018

Este aspecto, de ninguna manera implica la vulneración de los derechos de remuneración y estabilidad

Este aspecto, de ninguna manera implica la vulneración de los derechos de remuneración y estabilidad laboral del trabajador jubilado, pues éste, por las propias características naturales que tiene, se desempeña en un ciclo, acorde a sus aptitudes físicas y mentales, que por la edad, biológicamente se ven limitadas y afectan tanto al mismo trabajador, que se ve compelido a realizar tareas con mayor esfuerzo, que cuando tenía menos edad y las realizaba de manera más expedita; viéndose afectado en su salud y bienestar; por consiguiente, debe ejercer ese derecho que reconoce la ley, de acogerse a la jubilación; es decir, dejar de ejercer sus funciones cotidianas y percibir su renta de vejez, conforme a la normativa de Seguridad Social vigente