Auto Supremo AS/0426/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0426/2018

Fecha: 17-Ago-2018

Sentencia


VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 548 a 553 vta., interpuesto, por el codemandado Raúl Jaime Aramayo Zilvetty, contra el Auto de Vista Nº 190/2017 de 07 de abril de 2017, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cursante de fs. 541 a 545, emitido dentro del proceso social de impugnación de resolución de reincorporación seguido a demanda de la Cooperativa de Telecomunicaciones Sucre Ltda. (COTES Ltda.), contra la Jefatura Departamental de Trabajo de Chuquisaca y el recurrente, la contestación al recurso de fs. 561 a 563 vta., el Auto de fs. 564, por el que se concedió el recurso y el Auto Supremo Nº 195-A de 22 de mayo de 2017, por el que se admitió el recurso por este Tribunal, los antecedentes del proceso y,
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia:
Tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Sucre, emitió la Sentencia de Nº 68/16 de 15 de septiembre de 2016 (fs. 484 a 489 vta.), por la que declaró PROBADA la demanda social de fs. 44 a 50, modificada a fs. 72 e IMPROBADA la reconvención de fs. 89 a 91 vta., aclarada a fs. 105 a 109, sin costas, declarando nula y sin valor legal la conminatoria de reincorporación SJTEP-C/C.R. Nº 014/2015 de 11 de junio de 2015, emitida por el Jefe Departamental del Trabajo, en consecuencia dispuso que los efectos de la resolución, se retrotraen al momento inicial y que como emergencia de la determinación asumida, se declaró subsistente y legal el retiro forzoso pronunciado por la COTES Ltda., a través del Memorándum, Nº GG. 067/2015 de 28 de mayo, en aplicación del art. 66 de la LGT, modificado por la Ley de 23 de noviembre de 1943, disponiendo su cumplimiento a tercero día de ejecutoriado el fallo, conforme determina el art. 213 del CPT