Auto Supremo AS/0441/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0441/2018

Fecha: 17-Ago-2018

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5.- Indica que el GAM de Cobija, se encuentra al día con los pagos de sus aguinaldos, y no puede aceptar este pago, porque se violaría la Ley de Administración Presupuestaria Nº 2042, que en su art. 5, que no se podrá comprometer ni ejecutar gasto alguno a recursos no declarados en los presupuestos aprobados y realizar el pago determinado resulta en un daño y perjuicio para la institución; así tampoco, correspondería el pago de vacaciones, al haber sido el actor un consultor en línea.
6.- La Sentencia y el Auto de Vista, determinaron el pago de subsidio de frontera, aspecto que atenta notoriamente contra los intereses económicos de la institución, por tratarse de un consultor en línea, realizar este pago seria atentatorio contra la estabilidad económica del GAM