Auto Supremo AS/0441/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0441/2018

Fecha: 17-Ago-2018

Estableciéndose en forma clara, conforme a la normativa agregada, que el empleador debe cancelar de

Estableciéndose en forma clara, conforme a la normativa agregada, que el empleador debe cancelar de forma efectiva los derechos y beneficios sociales que le correspondieran al trabajador, en un plazo impostergable de quince (15) días calendario desde la desvinculación laboral, y al exceder este plazo, debe el empleador pagar una multa del 30% del total a cancelarse