Auto Supremo AS/0681/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0681/2018-RRC

Fecha: 17-Ago-2018

Denuncian, que el Auto de Vista recurrido incurrió en defecto absoluto no susceptible de convalidación


Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 215/2018-RA de 29 de marzo (que dio cumplimiento a la Sentencia Constitucional Plurinacional 0788/2016-S1 de 25 de agosto, de fs. 629 a 645), se admitió el motivo a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

Denuncian, que el Auto de Vista recurrido incurrió en defecto absoluto no susceptible de convalidación “al tenor del art. 369 del CPP”; toda vez, que no fundamentó respecto a su reclamo referido a la defectuosa valoración de la prueba defecto del art. 370 inc. 6) del CPP, limitándose a señalar que el fundamento de la parte apelante no cumplió con el requisito de probar que el Tribunal de juicio se apartó de las reglas de la sana crítica, concluyendo que existía una valoración y apreciación conjunta y armónica de las pruebas conforme prevén los arts. 173 y 359 del CPP, sin analizar ni motivar cada uno de los fundamentos esgrimidos dentro de su motivo de apelación, dejándoles en incertidumbre