Auto Supremo AS/0688/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0688/2018-RRC

Fecha: 17-Ago-2018

También se constata que en la sesión de juicio de 27 de abril de 2012


También se constata que en la sesión de juicio de 27 de abril de 2012 de fs. 194 a 195, se ordenó la notificación del imputado mediante edictos, quien se apersonó por escrito de fs. 210 ante el Juez de Sentencia, solicitando se deje sin efecto la declaratoria de rebeldía, que en realidad fue declarada en la audiencia de 5 de junio de 2012, de fs. 212, actuación en la cual se dispuso la aplicación del procedimiento antes de las modificaciones de la ley 004, suspendiendo el proceso hasta que el imputado sea habido con el mandamiento de aprehensión librado, determinación ratificada por Auto de 31 de julio de 2013, de fs. 260 a 261, que recurrida de apelación incidental fue revocada mediante Auto de Vista 41/2013 de 7 de octubre, de fs. 272 a 273 vta., que dispuso la continuación del juicio en rebeldía hasta su conclusión, hasta que por Sentencia 5/2015 de 20 de mayo, el imputado fue declarado autor de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica en forma culposa, previstos y sancionados por los arts. 154 y 224 del CP, imponiendo la pena de dos años y seis meses de reclusión, para luego comparecer el imputado mediante memorial, de fs. 397 a y vta., solicitando la continuación del proceso y la extensión de fotocopias de todo el cuaderno procesal