Auto Supremo AS/0806/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0806/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

Aquellas conclusiones condujeron al Tribunal de juicio a determinar la existencia del hecho y su


“no se ha demostrado que Juan Carlos Paniagua Lupa, a tiempo de comprar el inmueble el año 2011, tuviese conocimiento del gravamen o hipoteca que pesaba…desde el 2004” (sic)

Aquellas conclusiones condujeron al Tribunal de juicio a determinar la existencia del hecho y su adecuación típica al delito acusado:

“…la conducta desplegada por el acusado constituye delito y se subsume al delito de Estelionato, es así que se ha demostrado que Demetrio Vedia Quispe el 04 de enero de 2011, mediante un documento privado vendió el inmueble sito en la zona Tucsupaya, con una superficie de 226,08 mts, cuadrados inscrito en Derechos Reales con la matrícula 1011990022023 a Juan Carlos Panigua Lupa, dicho inmueble para ese entonces registraba un gravamen consistente en una hipotética por $us. 5.000 dólares americanos a favor de Flora Jorge Laredo, gravamen que estaba registrado desde el 04 de junio de 2004