Auto Supremo AS/0806/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0806/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

La conducta desplegada se subsume en la definición típica del art


La conducta desplegada se subsume en la definición típica del art. 337 del Código Penal, en razón a que vendió el 50% de un bien, que ya no era de su propiedad, es también antijurídica porque contraviene el art. 337 de Código Penal, en la modalidad de vender un bien ajeno y sin dicho accionar reprochable penalmente, se concluye que su conducta es culpable y pasible por lo tanto a recibir una sanción penal