Auto Supremo AS/0850/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0850/2018-RRC

Fecha: 17-Sep-2018

El recurrente solicita, se declare la existencia de contradicción, para que el Tribunal de alzada


Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 477/2018-RA de 29 de junio, se admitió el siguiente motivo a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

El recurrente denuncia, que el Auto de Vista recurrido incurrió en incongruencia omisiva, debido a que en apelación restringida reclamó: la errónea aplicación de la ley sustantiva por errónea concreción del marco penal; errónea fijación de la pena y la errónea aplicación de la ley objetiva, mereciendo la respuesta del Tribunal de alzada, en sentido que no puede revalorizar la prueba; además, de hacer una relación en el mismo entendido del Juez de origen, del supuesto derecho propietario y de una inspección ocular donde ilegalmente ignoran la intervención de sus padres, quienes demostraron que ellos fueron los que construyeron la barda y las mejoras y que su predio estaba contiguo con su inmueble con una puerta interna, omitiendo dolosamente estas confesiones. Invocando en calidad de precedente contradictorio al Auto Supremo 338 de 5 de abril de 2007.

I.1.2. Petitorio.

El recurrente solicita, se declare la existencia de contradicción, para que el Tribunal de alzada dicte nueva Resolución de acuerdo a la doctrina legal establecida, anulando al juicio al que fue sometido, con costas