Auto Supremo AS/0850/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0850/2018

Fecha: 05-Sep-2018

-En base a estos antecedentes, y establecidos los hechos a ser demostrados por ambas partes

-En base a estos antecedentes, y establecidos los hechos a ser demostrados por ambas partes (Auto de relación procesal de fs. 103 y 110) se observa que durante la etapa probatoria, únicamente la parte actora fue quien produjo prueba, en este caso testifical, puesto que el demandado ofreció medios probatorios de manera extemporánea; razón por la cual, el Juez de la causa, considerando que los elementos probatorios no eran suficientes, con la facultad que le confería el art. 378 del Código de Procedimiento Civil, dispuso la inspección judicial del bien inmueble en cuestión