Auto Supremo AS/0850/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0850/2018

Fecha: 05-Sep-2018

En razón a dichos antecedentes diremos que

-Refiere que la acusación de que el Auto de Vista sería ultra petita, sería otra expresión infundada, porque la misma se habría limitado a confirmar el mejor derecho de propiedad.
Por lo expuesto y toda vez que el recurso de casación no tendría una fundamentación sobre la existencia de una posible violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley o el nexo causal que infiera en un derecho objetivo, aduce que el mismo resulta infundado, por lo que el Auto Supremo a dictarse tendría que ser en ese sentido.
En razón a dichos antecedentes diremos que:
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable.
III.1. De la nulidad de oficio