En este entendido ninguna decisión judicial puede considerarse razonablemente correcta o justa si se funda
En este entendido ninguna decisión judicial puede considerarse razonablemente correcta o justa si se funda sobre una comprobación errónea o parcial de los hechos que hacen al fondo del proceso, la decisión es correcta si se pone fin al conflicto estando fundada sobre criterios legales y racionales, ya que en todo proceso la solución de conflictos es compatible con la búsqueda de la verdad, pues una resolución que no se fundamente en la veracidad de los hechos viene a generar una desconfianza generalizada hacia el órgano judicial y un riesgo para mantener la armonía social, por lo que el compromiso del Juez es con la verdad y no con las partes del proceso, pues tiene como instrumento para llegar a esta verdad material, la facultad de decretar pruebas de oficio, por ello la producción de pruebas de oficio en equidad no afecta la imparcialidad del Juez, ya que estas pruebas de oficio que determinen la verdad real de los hechos pueden favorecer a cualquiera de las partes sin que esto signifique limitar el derecho de defensa y contradicción que tiene la otra parte, pues el Juez solo debe buscar la verdad real de los hechos manteniendo firme su imparcialidad en la aplicación del principio de verdad material al caso concreto
- Partes: Kinjo Shimabukuro Toyosato. c/ Gober López Velasco
- Proceso: Mejor derecho propietario y otros
- Distrito: Santa Cruz
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- Bajo esos antecedentes, y tramitada la causa, el Juez Onceavo de Instrucción en lo Civil
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- CONSIDERANDO II
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- En ese entendido, solicita se dicte Auto Supremo anulando obrados hasta el ingreso de la
- De la respuesta a los recursos de casación
- Kinjo Shimabukuro Toyosato, por memorial de fs
- -Que al haber sido interpuesto la presente causa a título personal y por derecho propio
- -Sobre el hecho de que no se habría adjuntando al inicio de la demanda el
- En razón a dichos antecedentes diremos que
- Conforme a lo establecido en el art
- Por otra parte el art
- III.2. De la prueba de oficio y el principio de verdad material
- El art
- Razonamiento que tiene sustento en diversos fallos constitucionales que fundamentaron sobre el nuevo Estado Constitucional
- Así también, acudiendo al derecho comparado, la Sentencia T-264/09 de la Corte Constitucional de Colombia,
- En este entendido ninguna decisión judicial puede considerarse razonablemente correcta o justa si se funda
- Asimismo, en el caso de que se genere duda razonable sobre algún hecho o extremo,
- III.3. De la acción mejor derecho propietario
- Asimismo en el Auto Supremo Nº 618/2014 de 30 de octubre se razonó que:“…sobre dicho
- Es decir, que para resolver sobre una pretensión de mejor derecho de propiedad el presupuesto
- CONSIDERANDO IV
- En virtud a lo expuesto, resulta pertinente realizar las siguientes apreciaciones
- -Admitida que fue la demanda y citado el demandado Gober López Velasco, éste contestó negativamente,
- -En base a estos antecedentes, y establecidos los hechos a ser demostrados por ambas partes
- -Consiguientemente, se advierte que el Juez de la causa, después de haberse suscitado varias nulidades
- -Apelada la referida resolución por el demandado, el Tribunal de segunda instancia, una vez que
- En virtud a estas apreciaciones, se colige que los Vocales suscriptores de la Resolución de
- En ese contexto, si bien existe amplia jurisprudencia emitida por este Tribunal Supremo de Justicia
- Sobre este último requisito, es menester señalar que es obligación de los sujetos procesales el
- Por lo expuesto, y toda vez que el Tribunal de alzada, con la finalidad de
- Consiguientemente, corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En virtud a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berríos Albizú.
