Auto Supremo AS/0873/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0873/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Partiendo del citado entendimiento, en el sub lite los ahora recurrentes pretenden observar un defecto

Partiendo del citado entendimiento, en el sub lite los ahora recurrentes pretenden observar un defecto procesal que recae o causa perjuicio a Eduardo Titiboco Paz, por la ausencia de notificación en su persona con el informe pericial, situación que se torna en irregular porque quien se encuentra habilitado para realizar esa observación, es en todo caso Eduardo Titiboco Paz y no así los recurrentes, quienes no se encuentran facultados para reclamar a nombre de terceros, entonces al carecer de legitimación procesal este Tribunal se ve imposibilitado de realizar algún análisis al respecto