Auto Supremo AS/0876/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0876/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Al respecto el art

Al respecto el art. 332 del Código de Procedimiento Civil vigente entonces facultaba a la parte demandante modificar o ampliar la demanda únicamente hasta antes de la contestación; hecho ocurrido en el caso de autos, pues antes de ser incluso citados legalmente los demandados la parte actora procedió a modificar su demanda cuya pretensión era recuperar el bien inmueble de su propiedad de manos de los demandados, solicitando al efecto la desocupación y entrega del bien acto procesal que se encuentra enmarcado en la ley como se tiene señalado precedentemente