Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0876/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0876/2018

    Fecha: 05-Sep-2018

    III.2. Del debido proceso

    III.2. Del debido proceso
    • Distrito: Santa Cruz
    • CONSIDERANDO I
    • 2
    • 3
    • CONSIDERANDO II
    • Acusa vulneración del art
    • Formando recurso de casación en el fondo contra el Auto de fs
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Los demandantes Edward Masai Gonzales y Leiza Ponce Escobar se pronuncian respecto del recurso de
    • Con respecto a que el proceso se hubiera llevado adelante con vicios, señalan que estas
    • III.1. De la acción reivindicatoria
    • El Auto Supremo Nº 60/2014 de 11 de marzo de 2014, respecto del art
    • Conforme lo señalado podemos advertir que el art
    • La doctrina orienta que tres son los supuestos para la acción reivindicatoria: a) que el
    • III.2. Del debido proceso
    • “El debido proceso previsto en el art
    • CONSIDERANDO IV
    • En ese antecedente y de la revisión de obrados se tiene que de fs
    • Al respecto el art
    • A mayor abundamiento diremos que la acción reivindicatoria explanada en el punto III
    • En caso que nos ocupa, siendo la pretensión principal de los demandantes esposos Masai -
    • Por los motivos expuestos precedentemente, este Tribunal de Casación no encuentra sustento legal en el
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Magistrado Marco Ernesto Jaimes Molina.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca